Liquidación y contabilización del IVA en operaciones intracomunitarias y extracomunitarias

En principio, la tributación sobre las adquisiciones intracomunitarias se realizará en el país donde se adquieran los artículos. En tanto no se lleven a cabo medidas de armonización de los tipos impositivos en todos los países y se crean mecanismos de compensación de cuotas entre los Estados miembros, además de otras medidas, se ha establecido un período transitorio, en el cual la tributación se sigue exigiendo en el país de destino.

 

El devengo del IVA surge cuando se consideren efectuadas las entregas; las liquidaciones del IVA se practicarán junto con las declaraciones periódicas que se presenten con los importes devengados por operaciones interiores y adquisiciones extracomunitarias al término del mismo.

 

Como las cuotas devengadas en las adquisiciones intracomunitarias pasarán a ser cuotas soportadas deducibles en el período de liquidación siguiente, la partida a utilizar será "H.P. IVA soportado en adquisiciones intracomunitarias" (subcuenta del 472); las cuotas devengadas sobre adquisiciones interiores y extracomunitarias a lo largo de un período se compensan al término del mismo con el IVA repercutido.

 

Ejemplo:
La empresa española XYZ, S.A. realiza sus liquidaciones del IVA por trimestres naturales.
Supongamos que:

 

  • en octubre, adquiere determinadas materias primas del exterior de la CEE, facturándose en euros., siendo el importe satisfecho al proveedor 10.000.000 euros, a aduanas por aranceles y otros conceptos, 1.000.000 euros y el IVA 16% sobre el total.

  • en noviembre, adquiere materias auxiliares procedentes de Alemania por importe de 5.000.000 euros.
    en diciembre, satisface facturas por servicios recibidos a lo largo de los dos meses anteriores por importe de 2.000.000 euros. más el IVA.

  • en diciembre, se realizan ventas de productos por valor de 50.000.000 euros. repercutiendo en IVA del 16%, se cobra al contado.

 

Contabilización de las operaciones (en miles de euros):

 



octubre:
. Compras de materias primas..................................................
. H.P. IVA soport-importacions extracomunitarias.....................
.Tesorería.................................................................................
noviembre:
. Compras de materias..............................................................
. Tesorería.................................................................................
(devengo IVA con las entregas)
. H.P. IVA soportado adq. intracomunitarias................................
. H.P., IVA repercutido adq. intracomunitarias............................ 
diciembre:
. Servicios exteriores................................................................... 
. H.P.IVA soportado en adq. interiores.......................................
. Tesorería...................................................................................
diciembre:
. Tesorería.................................................................................. 
. Ingresos por ventas de productos...........................................
. H.P. IVA repercutido........ ........................................................
31-12-XXXX:
. H.P. IVA repercutido..................................................................
. H.P. IVA repercutido adq. intracomunitarias............................
. H.P. IVA soport-importaciones extracomunitarias ....................
. H.P. IVA soportado adq. intracomunitarias................................
. H.P. IVA soport-adq. interiores.................................................
. H.P. acreedor IVA (diferencia) ..................................................

DEBE


11.000
1.760


5.000


800


2.000
320


57.500



8.000
800

HABER

 


12.760


5.000


800



2.320


50.000
8.000



1.760
800
320
5.920

 

En el balance al 31-12-XXXX figurará en el pasivo "H.P. acreedor por IVA" en 5.920.
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Supongamos que a lo largo del primer trimestre del ejercicio siguiente:
. Se han vendido productos por valor de 40.000.000 ptas. (más el IVA 16%).
. Se han adquirido bienes y servicios interiores por valor de 10.000.000 ptas. (más el IVA 16%).
. Se han vuelto a adquirir materias auxiliares de Alemania en 4.000.000 ptas.

Contabilización al 31-III-XXX (X+1) (liquidación IVA al término del 1º trimestre).

 

 

H.P. IVA repercutido...................................................................
- H.P. IVA repercutido adq. intracomunitarias ............................
. H.P. IVA soportado-adq. interiores ..........................................
- H.P. IVA soportado adq. intracomunitarias ..............................
. H.P. acreedor por IVA (diferencia) ............................................

DEBE

6.400
640

HABER



1.600
640
4.800

 

Se pagarán 4.800 euros (deuda por IVA en las operaciones del 1º trimestre).
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En definitiva, el devengo del IVA sobre adquisiciones intracomunitarias surge cuando se reciban las entregas y su liquidación se efectuará al término del período cuando se procede a la declaración-liquidación del mismo.

 

Recordemos que el Reglamento del IVA establece los periodos de liquidación del impuesto, siendo el plazo para la presentación de las mencionadas liquidaciones será del 1 al 20 de los meses de Febrero (para la liquidación de Enero) de Marzo (para la liquidación de Febrero) de Abril (para la liquidación de Marzo) y así sucesivamente, hasta la de Diciembre que se presentará del 1 al 30 de.

 

Fuente: Super Contable